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El Ministerio de Educación aprobó la adecuación del Plan Jurisdiccional de Retorno a Clases, con presencialidad segura en los establecimientos que el espacio físico permita mantener la distancia de 90 cm. El COE avanzó en un esquema progresivo de eliminación de restriccciones.
SaltaEl Comité Operativo de Emergencia se reunió con el objetivo analizar nuevas habilitaciones teniendo en cuenta que la realidad epidemiológica de la Provincia avanza favorablemente. Se destacó la importancia de reforzar el plan de vacunación para la prevención del COVID-19, lo cual posibilita que hoy Salta no tenga departamentos en Riesgo Epidemiológico.
La secretaria de Gestión Educativa, Roxana Dip, informó que El Ministerio de Educación aprobó la adecuación del Plan Jurisdiccional de Retorno a Clases en todos los niveles educativos y modalidades de Educación Pública de gestión estatal y privada, en aquellos establecimientos que puedan asegurar la distancia entre alumnos de 90 cm.
El COE atendiendo la actual situación sanitaria y epidemiológica, determinó que corresponde establecer un esquema de medidas de una normalidad controlada, donde ninguna actividad se encuentre suspendida, y solo algunas se encuentren limitadas estrictamente a lo necesario para garantizar la prevención a los contagios.
El COE avanzó en un esquema progresivo en el que se eliminó las restricciones para la circulación nocturna, conservando únicamente la limitación horaria hasta las 2 am y hasta el 1 de octubre, de actividades gastronómicas, salones de eventos, locales bailables, casinos y salas de juegos.
El ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, Ricardo Villada, destacó la importancia de que los salteños se vacunen o completen esquemas con las 2 dosis, ya que “a medida que aumente la población innoculada se irán eliminando las restricciones de horarios para las actividades y estaremos más cerca de la normalidad que conocemos, cuidándonos entre todos”.
Medidas vigentes desde el 17 de septiembre al 1 de octubre
Además de las normas de cuidado básico como el uso obligatorio de barbijo y distanciamiento social, el COE estableció que:
La capacidad en lugares cerrados y ventilados: Se permite hasta un máximo del (70%) de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada y no pudiendo superar las 500 personas, cuando se trate de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, gastronómicas, culturales, artísticas, deportivas, religiosas y recreativas.
Capacidad en lugares al aire libre: Se establece que en lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y reuniones sociales no podrán superar las mil personas ni el 70% de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada o disponible del lugar donde se realice, y se deberá además respetar entre personas el distanciamiento.
Eventos Masivos de más de mil (1.000) personas: Se establece que en lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y eventos sociales que prevean un aforo superior a mil (1.000) personas, deberá contar con la autorización expresa de la Central Operativa de Control y Seguimiento COVID-19 (mail: [email protected] - Centro de Convenciones, Centro Cívico Grand Bourg), donde se analicen y contemplen las condiciones de higiene y seguridad, la organización, los riesgos, entre otros factores que hagan a la mayor prevención sanitaria y cumplimiento de protocolos.
Dichas actividades o eventos tendrán un máximo del cincuenta por ciento (50%) de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada o disponible del lugar, y deberán garantizar que el cien por ciento (100%) de las personas que asistan a los mismos, se encuentren inoculados con al menos una vacuna de cualquiera de las destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19.
Actividades Reguladas
Establecer las siguientes medidas para diferentes actividades que deberán realizarse conforme las limitaciones que se disponen a continuación:
HORARIOS DE ACTIVIDADES: Con el fin de minimizar la circulación y aglomeración de personas, se dispone que solamente las actividades de casinos y salas de juegos afines, gastronómicas, en salones de eventos, locales bailables y festivales, y eventos culturales tendrán un límite horario de funcionamiento hasta las 2 am.
LOCALES BAILABLES: Se dispuso realizar una “Prueba Piloto” controlada, en locales bailables que cuenten con la debida habilitación municipal, y se garantice que el 100% de las personas que asistan a los mismos, se encuentren inoculados con el esquema completo., respetando el formato de pistas seguras con burbujas.
REUNIONES SOCIALES: Establecer que las reuniones sociales en los domicilios particulares o lugares cerrados, no podrán superar las veinte (20) personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta cincuenta (50) personas.
Finalmente, las autoridades hicieron hincapié en la importancia de que “en este contexto, corresponde apelar cada vez más a la responsabilidad de cada individuo de tomar su comportamiento individual y en sociedad con responsabilidad, por cuanto menos restricciones generales implican mayor compromiso personal de cada uno.
Fuente: Gobierno de Salta.
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