La Cámara de Diputados salteña dio media sanción al proyecto que pretende modificar artículos de la Ley de Ficha Limpia y, de esta manera, incluir delitos relacionados al narcotráfico como impedimentos para que una persona se candidatee en elecciones.
Se multará con 10000 UT a los organizadores de las fiestas clandestinas
Un Proyecto de Ordenanza presentado por el concejal Darío Madile (Salta Tiene Futuro) fue aprobado en la Sesión Ordinaria de la víspera. En su redacción se dispone incorporar una cláusula transitoria en la normativa N° 11.846-Reglamentación de locales bailables.
PolíticaLa redacción consensuada fija: “Durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria establecida por Decreto Provincial Nº 250/20, se aplicará la multa máxima establecida en el artículo 37 de esta norma”. El objetivo del texto es que el Municipio aplique la sanción máxima en el caso de que se realicen fiestas clandestinas durante la emergencia sanitaria por COVID-19. Monto que, de acuerdo a lo previsto en la Ordenanza es de 10.000 Unidades Tributarias, lo que representa un monto aproximado de 180 mil pesos.
Al tomar la palabra, la edila miembro informante, Frida Fonseca (Salta Tiene Futuro), consignó: “Es muy oportuno sancionar con la pena máxima planteada en la Ordenanza a todas las personas responsables, que en medio de esta situación sanitaria crítica, organicen fiestas clandestinas”. Detalló además que la sanción “no solo recae en el organizador, sino también en el propietario del inmueble, como corresponsable”. Puntualizando que se consideran fiestas clandestinas a los eventos que se realizan en casas privadas o al aire libre con baile público que no cuenten con autorización municipal y que persigan fines de lucro.
Durante el análisis, concejalas de distintas bancadas expresaron su apoyo a la iniciativa. Paula Benavides (Salta Independiente) consideró atinada la propuesta, consignando: “El contexto sanitario que estamos viviendo amerita desalentar estas conductas”. Por su parte, Romina Arroyo (Salta Tiene Futuro) hizo mención a las fiestas clandestinas que se clausuraron durante la época de pandemia: “Su realización significa una violación a una medida sanitaria, por lo tanto, eso significa que se aplique una multa máxima”.
Cabe señalar que la Ordenanza fue sancionada luego que el Cuerpo deliberativo se constituya en Comisión a los fines de otorgar el dictamen correspondiente de la Comisión de Servicio Públicos, Actividades Comerciales y Privatizaciones.
Fuente: Concejo Deliberante
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