Ya son 59 las actividades exceptuadas por el gobierno nacional

A partir de este lunes, se evaluará el funcionamiento de las 11 nuevas excepciones que se incorporaron a pedido de los gobernadores. Y en los próximos días deberá decidir cambios y continuidades del esquema.

Argentina
11_actividades

Mediante la Decisión Administrativa 524 dada a conocer el sábado, el gobierno nacional sumó 11 nuevos sectores a la lista de exceptuadas de la cuarentena iniciada el 20 de marzo pasado y extendida ya en dos en ocasiones, la última hasta el domingo 26 de abril inclusive, por la pandemia de coronavirus. La lista de exceptuados llega así a 59, o un poco más, según como se consideren algunas actividades mencionadas en más de una norma.

La nueva extensión surgió del pedido de gobernadores provinciales de permitir ciertas actividades, bajo protocolo de control, en especial en zonas o localidades de baja circulación del virus y baja densidad poblacional, que facilita respetar el “distanciamiento social”.

Los nuevos “permitidos” a partir de mañana lunes son:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos (como Rapipago, Pago Fácil, Western Union, lo que también permitiría descongestionar en alguna medida la actividad del correo, que en la mayoría de las localidades del interior cuenta con una sola oficina de atención al público).

2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas (algo que preocupa y mucho a los gobernadores, más si se tiene en cuenta no sólo la caída de la recaudación impositiva nacional y provincial, sino también el hecho de que el impuesto más afectado por la cuarentena es el IVA, que Nación coparticipa plenamente a las provincias)

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público (desde el punto de vista comercial y como alivio a gran cantidad de pymes, tal vez la excepción más importante que se agrega).

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo (destinada a aliviar el desempeño de muchos profesionales y canalizar la necesidad de atención de los particulares, ya que Covid-19 no es la única afección de salud que alcanza a los argentinos)

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo (lógica extensión de la excepción a la atención médica y odontológica)

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género (otra medida directamente vinculada a los efectos colaterales de la cuarentena y, en particular, a su extensión en el tiempo).

10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo (destinado a preservar la salud no sólo de las empresas, sino de la macroeconomía en general, en una economía necesitada de divisas)

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

El "ámbito de aplicación” de las nuevas excepciones serán las provincias de La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chacho, Buenos Aires, San Luis, Misiones y la ciudad de Buenos Aires. Al respecto, la norma también especifica que “cada gobernador podrá suspender alguna de estas actividades en su provincia en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial”.

A su vez, cada provincia deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades exceptuados, pudiendo limitar el alcance de las mismas a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos para su desarrollo. Son los recaudos que, cuando los gobernadores pidieron aflojar el confinamiento, Jefatura de Gabinete les pidió que tomaran para aprobar sus propuestas.

De todos modos, como el gobierno nacional se reserva la última palabra, la DA 524 también aclara que las excepciones también podrán ser dejadas sin efecto por el Jefe de Gabinete en cualquier tiempo y circunstancia, “según la evaluación que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria nacional, de la evolución de la situación epidemiológica”.

Por si hiciera falta, la norma también señala que "las actividades y servicios mencionados en el artículo 1° quedan autorizados para funcionar, sujetos a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales”.

El criterio general es el otorgamiento de turnos y medidas de distanciamiento e higiene, tanto por parte de la autoridad otorgante como de las empresas y profesionales exceptuados, cuyos trabajadores o dependientes deben además tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación”.

Fuente: Aries On Line.

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