Rige en Salta el régimen sancionatorio para quienes incumplan con el aislamiento obligatorio

Tras la publicación del Decreto 255/20 en el Boletín Oficial, ya rige en la provincia el régimen excepcional sancionatorio para aquellas personas que incumplan con las disposiciones del DNU del Gobierno Nacional ante la emergencia sanitaria por COVID-19.

Salta
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Con la publicación del Decreto 255/20 en el Boletín Oficial se puso en vigencia el régimen excepcional sancionatorio para conductas que transgredan las disposiciones de la emergencia sanitaria por el COVID-19 en toda la provincia.

La autoridad de aplicación es el Ministerio de Seguridad por medio de la Policía de Salta a cargo del juzgamiento de las faltas registradas. El control del cumplimiento del Decreto de Necesidad y Urgencia  en Salta se realiza de forma coordinada con los distintos municipios de la provincia.

Las  personas que  incumplan el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por la emergencia sanitaria nacional, o desobedezcan las órdenes legítimas emitidas por los agentes del orden público en ejercicio serán multadas y se les labrará  el acta correspondiente  a la infracción, dependiendo del agravante de cada caso.

El  régimen sancionatorio establece multas económicas, días de arresto y trabajo comunitario a cumplirse oportunamente. 

Contempla también el pago voluntario de la multa fijada solo para quienes hayan infringido por única vez. Las reincidencias son agravantes determinantes para el juzgamiento. 

Los fondos que provengan del pago de las sanciones serán destinados al trabajo  provincial que se realiza ante la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

Fuente: Gobierno de Salta.

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