Ley de Etiquetado Frontal: las 7 claves para tener en cuenta

Con qué cambios se van a encontrar los consumidores y desde cuándo. Dónde deben estar los sellos y cuáles son las categorías. Qué pasa si un producto no tiene las advertencias. La calculadora de ANMAT.

Argentina
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A casi un año de aprobada, este sábado comienza la implementación de la Ley de Etiquetado Frontal en los productos. Con ella, crece la expectativa de los consumidores ante la nueva presentación del envase de los alimentos. Sin embargo, desde el gobierno adelantaron que sólo algunas marcas comenzarán con las advertencias y que estos días se verán muy pocos cambios.

Este sábado 20 es la fecha de largada formal para la presentación del etiquetado frontal de alimentos para las grandes empresas. En el caso de las medianas y pequeñas, tendrán un plazo más extenso. Sin embargo, el cambio no será inmediato ni masivo: porque hay envasados previos y stocks que agotar. Además, desde la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) indicaron que 236 importantes compañías pidieron prórrogas, que alcanzarán a unos 11 mil alimentos.

En este sentido, señalaron que algunos de los pedidos fueron para reformular el producto y así disminuir la colocación de algún sello. 

El rubro de las golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras fue el que más cantidad de pedidos acumuló en este sentido, con el 21,62% del total. Lo siguió el de los panificados y galletitas con el 15%, los embutidos y las conservas cárnicas con el 14,45% y el de los lácteos con el 11,27%, detallaron desde la ANMAT.

 Con qué cambios se van a encontrar los consumidores

"La ley estipula que los alimentos que tengan excesos de azucar, sodio, grasas saturadas, calorias o grasas totales tengan octógonos negros que los identifiquen”, planteó la licenciada en Nutrición e integrante de la coalición nacional para la prevención de la obesidad en niños y adolescentes, Virginia Zanettti, quien ademas participó del proyecto de ley de etiquetado frontal.

"Los cinco octógonos negros se refieren a excesos, pero tambien habrán dos leyendas, que tendran forma rectangular, dirigidas a los niños, uno que dice contiene cafeina, o edulcorante, y no es recomendable para el consumo en niños menores de 2 años", agregó la especialista.

Zanetti precisó que "la lectura será sencilla para que cuando las personas paseen por las góndolas, y elijan el alimento, sepan que están comprando".

Cuándo veremos los productos con los sellos

A partir de este sábado los productos con exceso en grasas, azúcares, sodio y calorías de las grandes empresas deberán comercializarse con el sello correspondiente, con excepción de las compañías a las que que se les haya otorgado una prórroga. En realidad, lo más probable es que la novedad quede restringida al área de las bebidas gaseosas, sobre todo las de Coca-Cola porque Pepsi pidió una prórroga para algunos de sus productos.

Esta novedad marca el inicio de la implementación de esta metodología en las góndolas, recordaron desde el Ministerio de Salud, desde donde enfatizaron que "se trata de un proceso gradual cuyo objetivo no es el sello sino la promoción de una alimentación saludable".

"Lo que vamos a ver a partir del sábado es la convivencia de productos con y sin sello; incluso puede suceder que veamos de la misma empresa o marca con y sin sello porque depende del stock que tenían. Es decir, es el comienzo de un proceso", explicó Sandra Tirado, secretaria de Acceso a la Salud del Ministerio de Salud.

Dónde deben estar los sellos y cuáles son las categorías

Los sellos deben estar en la cara principal del envase y brindar el detalle del exceso de nutriente que corresponda: “EXCESO EN AZÚCARES”; “EXCESO EN SODIO”; “EXCESO EN GRASAS SATURADAS”; “EXCESO EN GRASAS TOTALES”; “EXCESO EN CALORÍAS”.

Si contiene edulcorantes, el envase debe contener debajo de los sellos de advertencia la siguiente leyenda: “CONTIENE EDULCORANTES, NO RECOMENDABLE EN NIÑOS/AS”.

Si contiene cafeína, el envase debe contener debajo de los sellos de advertencia la siguiente leyenda: “CONTIENE CAFEÍNA. EVITAR EN NIÑOS/AS”.

Esto se aplica a cajas, cajones y cualquier otro tipo de empaquetado que contenga los productos en cuestión. El etiquetado abarca a productos procesados y ultraprocesados. También incluye paquetes, latas y botellas.

Qué pasa si un producto no tiene las advertencias

Las grandes empresas alimenticias tenían plazo hasta el 20 de julio para solicitar prórroga. En el caso de las Pymes, el tiempo es mayor, pudiendo adecuar sus envases hasta mayo de 2023.

Luego de estos plazos, y en los casos en que no se cumplan con los etiquetados acordados, el Ministerio de Salud de la Nación tiene potestad para definir las sanciones, que pueden ir desde el apercibimiento y las multas, hasta la clausura del establecimiento.

Además, las personas que noten alguna irregularidad en este proceso, pueden realizar su consulta o reclamo a Defensa del Consumidor.

En un producto con varios sellos ¿cuál debería comprar?

“Además del etiquetado frontal existe el rotulado nutricional que está en la cara posterior, y allí la información nutricional es completa. Al momento de comprar un alimento, si tienen la misma cantidad de sellos, da vuelta en envase y fijate qué otros nutrientes tiene el alimento”, aconsejó Zanetti.

El consumidor, entonces, debe estar entrenado en leer esa letra chica que ya venía en los envases de los alimentos procesados. 

Ante dos alimentos iguales en cantidad de sellos, además de ver cuál tiene menos sodio, grasas o azúcares, se puede evaluar cuál tiene más nutrientes positivos como las proteínas o las fibras.

En el caso de los lácteos, un alimento que pese a ser considerado de gran valor nutricional tendrá inevitablemente sellos, la especialista recomienda fijarse en el que tiene menos sodio y azúcares.

Calculadora de sellos, una herramienta interesante

La calculadora es una herramienta que brinda la ANMAT donde los consumidores pueden realizar los cálculos oficiales del perfil de nutrientes además de saber qué etiquetas presenta el alimento en cuestión. Esto permite saber cuáles son los alimentos envasados que deberían llevar los sellos de advertencia en sus paquetes.

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Para usarla, hay que tener a mano el producto para ingresar la información descrita en la tabla nutricional que suele encontrarse al dorso del envase.

La calculadora se encuentra en el sitio de la ANMAT. Allí hay que seleccionar entre alimento o bebida alcohólica y luego completar los datos relativos a la porción, kilocalorías, azúcares, grasas totales y saturadas, sodio y si contiene o no edulcorante y/o cafeína. Todos estos datos se encuentran en la tabla de nutrientes, que por ley deben llevar los alimentos envasados.

Por ejemplo, un turrón dulce, de los que se suele comer en las fiestas, que declara una porción de 50 gramos, con 250 kilocalorías, 14 gramos de grasas totales y 8 gramos de azúcares totales llevaría los sellos negros con advertencias de exceso de azúcar, exceso de grasas y excesos de calorías.

Un paquete fideos, 100 por ciento trigo candeal, que declara para la porción de 80 gramos unas 267 calorías, 0,8 gramos de grasas totales y 8 miligramos de sodio, en cambio, no llevaría en su dorso ningún sello negro.

Qué países tienen Ley de Etiquetado Frontal

A nivel regional Chile, Colombia, México, Perú y Uruguay tienen leyes de Etiquetado Frontal.

Chile fue el pionero en la región en sancionarla, en 2012. En 2018, el Instituto de Nutrición y Tecnología de Alimentos de ese país realizó la primera evaluación sobre el impacto y entre sus conclusiones se destaca que las compras de bebidas azucaradas y cereales disminuyeron en 25% y 9%, respectivamente.

En Perú, por ejemplo, esta norma fue aprobada en 2013 y se puso en vigor en 2017, pero un análisis de sus resultados en 2018 refirió que en los colegios se seguía vendiendo alimentos con octógonos en los kioscos y cafeterías internos y que el 60% de los colegios tenía publicidad de alimentos procesados y ultraprocesados, lo que significa que no se estaba cumpliendo la norma.

Datos importantes

  • No están obligados a tener el sello de advertencia en la cara principal el azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y sal común de mesa.
  • Los alimentos y bebidas sin alcohol que contengan al menos un sello de advertencia o leyendas precautorias no pueden ser vendidos ni promocionados en los establecimientos educativos de los niveles inicial, primario y secundario.
  • El etiquetado sólo abarca a productos procesados y ultraprocesados. Paquetes, latas y botellas. Deja afuera a pizzerías, restaurantes, rotiserías, panaderías y todo alimento no industrializado.
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